14 Operaciones con tarjeta de débito exentas del reintegro del 5% de IVA


Este beneficio de la devolución del 5% del IVA en los pagos con tarjeta de débito para el consumidor final en Argentina,  estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2016. Bueno sería que se siga prorrogando esta medida vigente desde 2001 en virtud del éxito obtenido, que tanto le sirve al cliente bancario al tener un retorno de sus gastos, como al organismo recaudador para evitar la evasión fiscal. Como recordatorio, aquí va una pequeña lista de operaciones que están exentas de esta devolución.
Pagos de:
1) agua, gas, electricidad, televisión por cable y satelital
2) medicina prepaga, internet, telefonía celular
3) enseñanza privada y particular, guarderías y jardines de infantes
4) asociaciones, fundaciones, entidades civiles y mutuales
5) colegios y concejos profesionales
6) impuestos nacionales, provinciales y municipales

Compras:
7) telefonía fija y celular
8) sellos de correo, papel timbrado, billetes de banco y títulos de acciones o de obligaciones y otros títulos similares
9) billetes de juegos de azar, loterías, etc.
10)operaciones financieras, realizadas con entidades comprendidas en la Ley N° 21.526 y sus modificaciones
11) realizadas por MONOTRIBUTISTAS
12) hechas en Tierra del Fuego y en zonas francas o aduaneras donde rija la exención o la no aplicación del IVA
13) realizadas en el exterior

14) compras SUPERIORES A $1.000.-